Estimado Presidente:
Mediante la presente Circular adjunto te remito la Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, por la que se desarrolla el artículo 34 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, publicada en el BOE nº 118, del martes día 28 de abril de 2020 y en vigor desde este mismo día.
En la misma se incluye a la FONTANERÍA, INSTALACIONES DE SISTEMAS DE CALEFACCIÓN Y AIRE ACONDICIONADO; como actividades económicas que podrán acogerse a la moratoria de 6 MESES, sin interés, en el pago de las aportaciones empresariales a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta cuyo periodo de devengo esté comprendido entre los meses de abril y junio de 2020, así como en el pago de las cuotas de los trabajadores por cuenta propia cuyo periodo de devengo esté comprendido entre los meses de mayo y julio de 2020. (Ver Circular 80/20, de 14 de abril).
En la confianza de que esta información sea de utilidad, recibe un cordial saludo.