Estimada/o amiga/o:
De cara al reinicio de algunas actividades el lunes, día 4, y posterior desescalada, adjunto se remite el Criterio Interpretativo de la Dirección General de Trabajo sobre la aplicación de los ERTES durante la fase de desconfinamiento.
Este criterio aclara el retorno a la actividad, permitiendo a las empresas que están en un ERTE de fuerza mayor que incorporen parcialmente a la actividad a sus trabajadores o en jornadas reducidas.
Las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor. Igualmente será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada y facilitar el tránsito hacia las reducciones de jornada.
Las exigencias documentales y de procedimiento deben ser las imprescindibles. En este sentido, y en los términos que indica el Criterio, bastará con comunicar a la autoridad laboral, y a la entidad gestora de las prestaciones la situación de afección y desafección de cada una de las personas trabajadoras.
Quedamos a tu disposición para ampliar o aclarar esta información a través de cualquiera de los siguientes correos electrónicos: igarcia@fade.es o cparedes@fade.es. Y a partir de las 8:30 horas del lunes, día 4, también por los teléfonos de la federación.
Igualmente, tendremos toda la información actualizada en nuestro punto de información.
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe un cordial saludo.