Estimado Presidente:
Mediante la presente Circular, y como continuación a la Circulares 86/2020, de 20 de abril, y 88/20, de 23 de abril; te adjunto la Resolución de 2 de mayo de 2020, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publican los Acuerdos de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, de 28 de abril de 2020, por los que se determinan importes máximos de venta al público en aplicación de lo previsto en la Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19; publicada en el BOE nº 125 de hoy martes día 5 de mayo de 2020, y en vigor a partir de mañana día 6 de mayo de 2020.
En la misma se establecen los importes máximos de venta al público de los siguiente productos sanitarios:
- Antisépticos de piel sana autorizados por la AEMPS
Formato | €/ml | |
Antisépticos de piel sana autorizados por la AEMPS | Hasta 150 ml. | 0,032 |
De 151 ml y hasta 300 ml. | 0,023 | |
De 301 ml y hasta 1000 ml. | 0,015 |
- Geles y soluciones hidroalcohólicas autorizadas temporalmente por la AEMPS
Formato | €/ml
anterior |
€/ml
nuevo |
|
Geles y soluciones hidroalcohólicas autorizadas temporalmente por la AEMPS | Hasta 150 ml. | 0,021 | 0,025 |
De 151 ml y hasta 300 ml. | 0,018 | 0,021 |
- Estos importes máximos son unitarios, y son precios finales con el IVA, o, en su caso, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) correspondientes.
En la confianza de que esta información sea de utilidad, recibe un cordial saludo.