uenos días,
Se adjunta el extracto de la resolución de 7 de mayo de 2020, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias, que aprueba la convocatoria de subvenciones de apoyo a la financiación de proyectos empresariales para PYMES, ejercicio 2020.
Subvenciones de apoyo a la financiación de proyectos empresariales para pymes
Objeto de las ayudas: este programa de apoyo a la financiación supone dotar a las empresas beneficiarias de la suficiente tesorería para evitar problemas de liquidez, a través de garantías otorgadas por la Sociedad de Garantía Reciproca en la obtención de préstamos, y de bonificación de los costes de los avales.
Beneficiarios: Podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas, que lleven a cabo un proyecto empresarial en el Principado de Asturias financiado por una o varias operaciones de préstamo avaladas por una Sociedad de Garantía Recíproca, que cumplan los requisitos que para las microempresas, pequeñas y medianas empresas, que se recogen en la recomendación 2003/361/Ce de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
Las PYMES, y autónomos deberán contar con uno o más empleados por cuenta ajena o uno o más socios de la empresa cuya relación con ella pueda calificarse como de laboral.
Podrán ser objeto de esta ayuda los sectores pertenecientes a todas las actividades económicas susceptibles de recibir ayudas, exceptuando los siguientes: empresas operativas en el sector inmobiliario, empresas (no autónomos) sin personal, empresas operativas en el sector del carbón, empresas y organismos dependientes o con una participación de la Administración Pública estatal, autonómica o local y empresas que operen actividades económicas ilegales en los términos establecidos en Convenio por la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA).
Características de las operaciones financieras: Las condiciones de las operaciones financieras que se podrán acoger a las ayudas de esta convocatoria serán las siguientes:
- Plazo máximo de amortización: 7 años, que incluirá como máximo 1 año de carencia
- Tipo de interés del préstamo: máximo 1,5% a tipo fijo y a Euribor 12 meses +1,5% a tipo variable;
- Importe máximo de la operación de aval solicitado a la SGR: el 100% del préstamo aprobado por la entidad financiera con el límite de 100.000 €.
- La cuantía del préstamo avalado por la SGR, no podrá ser inferior a 5.000 € ni superior a 100.000 €.
- La formalización de los avales deberá realizarse previamente a la solicitud de abono de la ayuda por parte de la empresa.
- Las operaciones deberán haber sido solicitadas a la SGR a partir del 17 de abril de 2020.
Cuantía: Los costes subvencionables con cargo a esta convocatoria serán los costes de apertura y los costes del riesgo vivo de la operación. La cuantía de la ayuda será la siguiente:
- Coste de apertura de la operación de aval, hasta un máximo del 0,5%.
- Coste del riesgo vivo de la operación de aval, hasta un máximo del 1,5 % anual del riesgo vivo durante los años de vigencia de la operación financiera, y se determinara sobre el importe avalado, siempre que este no supere el importe máximo de la operación de préstamo.
Plazo de presentación de las solicitudes: Desde mañana miércoles 13 de mayo hasta las 14.00 horas, hora peninsular en España, del 15 de junio de 2020.
*Los plazos administrativos están suspendidos por la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia dicho Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. Si se presenta alguna solicitud en un día inhábil, se entenderá presentada a primera hora del primer día hábil siguiente según lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.”
Información adicional:
. Se puede acceder a toda la información de la convocatoria a través del siguiente enlace, utilizando el siguiente identificador de la convocatoria: ID: 505255
http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias
Un saludo muy cordial.