Estimado Presidente:
Mediante la presente Circular te remito la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; publicada en el BOE nº 142, del miércoles día 20 de mayo de 2020.
A continuación destacamos lo principal de esta Orden.
- A partir del día 21 de mayo de 2020 están obligados al uso de la mascarilla las personas mayores de 6 años.
- Se entenderá cumplida esta obligación mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca.
- SERÁ OBLIGATORIO su uso en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 2 metros.
- NO SERÁ OBLIGATORIO su uso en los siguientes supuestos:
– para las personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de las misma.
– las personas para las que su uso resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
– para el desarrollo de actividades en las que, por su propia naturaleza, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
– por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
En la confianza de que esta información sea de utilidad, recibe un cordial saludo.