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El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy publica el extracto de la Resolución de 3 de junio de 2020, de la Dirección General de la entidad pública empresarial Red.es, M.P. por la que se convocan las ayudas para la creación de la Red de Oficinas de Acelera PYME.
Ayudas para la creación de la Red de Oficinas de Acelera PYME.
Objeto: financiar la creación de la red de Oficinas Acelera Pyme dentro del programa Acelera Pyme para el impulso a la adopción de las tecnologías por las empresas españolas (incluidas las de nueva creación), especialmente las pequeñas y medianas empresas (pymes), autónomos y emprendedores.
Beneficiarios: Podrán ser solicitantes de estas ayudas las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas en España:
- Asociaciones profesionales y empresariales legalmente constituidas y dadas de alta en la Oficina Pública o el Registro correspondiente de asociaciones.
- Colegios profesionales.
- Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica.
Características de los proyectos: Se entiende por Oficina Acelera Pyme (en adelante “OAP”) un espacio físico y virtual en el que se realizan labores de sensibilización y apoyo a las empresas españolas sobre las ventajas y metodologías innovadoras para optimizar el funcionamiento de sus negocios, mediante la incorporación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en sus procesos, de modo que se favorezca la demanda de tecnologías innovadoras que contribuyan a la mejora de su productividad.
Los proyectos deberán incluir, entre otras actuaciones, la puesta en marcha de las OAPs, la generación, difusión y puesta en valor de contenidos asociados a la adopción de tecnologías y procesos, actuaciones de sensibilización y apoyo a las pymes sobre metodologías y tecnologías innovadoras favoreciendo su incorporación en sus procesos productivos y de gestión, y actuaciones de asesoramiento y soporte en las áreas principales de transformación digital. Las actuaciones y temáticas deberán adaptarse al grado de madurez de las empresas de modo que las actuaciones de sensibilización puedan ser aprovechadas tanto por empresas en sus estados tempranos de crecimiento como por empresas con modelos de negocio consolidados.
Gastos subvencionables:
- Gastos de personal.
- Costes indirectos.
- Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones.
- Gastos asociados al informe de auditoría.
- Costes de instrumental y material inventariable.
Características de las ayudas:
- El periodo de financiación de los proyectos será de 24 meses.
- El importe mínimo de la ayuda solicitada por proyecto será de 200.000 € y el importe máximo de 250.000 €.
- El importe de la ayuda será como máximo el 80% del presupuesto subvencionable.
- Los beneficiarios podrán subcontratar parte de la ejecución del proyecto. Esta subcontratación no podrá superar el 60% del importe del proyecto subvencionable.
Plazo de presentación de las solicitudes: hasta el día 20 de julio de 2020.
Información adicional:
. Se puede acceder a toda la información de la convocatoria a través del siguiente enlace, utilizando el siguiente identificador de la convocatoria: ID: 510293
http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe un cordial saludo.