Buenos días,
Se adjunta el extracto de la resolución de 17 de julio de 2020, de la dirección general de la entidad pública empresarial Red.es, M.P. por la que se convocan las ayudas 2020 sobre desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales.
Ayudas sobre desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales.
Objeto de las ayudas: el impulso de la oferta de soluciones y el fortalecimiento del sector TIC en tecnologías disruptivas, a través de la realización de proyectos en los siguientes programas:
a. Programa de ayudas al desarrollo de la oferta tecnológica basada en tecnologías habilitadoras digitales. Por tecnologías habilitadoras digitales se entenderán tecnologías tales como: Internet de las Cosas (IoT); tecnologías 5G; tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/Linked/Big Data); computación de alto rendimiento (high performance computing); computación en la nube; procesamiento de lenguaje natural; ciberseguridad; biometría e identidad digital; Blockchain (Cadena de Bloques); robótica; inteligencia artificial (machine learning, deep learning, neural networks); realidad virtual y aumentada; efectos especiales y simulación; micro/nanoelectrónica; Impresión 3D- Fabricación aditiva.
b. Programa de ayudas al desarrollo innovador de contenidos digitales. Comprende la realización de proyectos de desarrollo experimental asociadas a los contenidos digitales, así como la generación de estos contenidos, en la medida en que sean necesarios para el objeto demostrador del desarrollo experimental que se realiza. Por contenidos digitales se entenderán: puesta a disposición de datos de forma masiva y en formatos reutilizables, videojuegos, animación digital, música, cine y vídeo, contenidos audiovisuales, publicaciones digitales, publicidad digital, redes sociales y aplicaciones móviles.
Los proyectos a financiar deben desarrollarse en un grado de madurez tecnológica TRL -Technology Readiness Level- 7 u 8.
Cada solicitante podrá presentar a la convocatoria tantos proyectos distintos como estime oportuno, si bien se financiarán un máximo de 3 proyectos por entidad solicitante.
Beneficiarios: podrán tener la condición de beneficiarios las EMPRESAS, quedando excluidas:
· Las empresas de naturaleza pública, entidades de derecho público, entidades sin ánimo de lucro, las participadas mayoritariamente por éstas, y las que tengan por actividad la gestión de un servicio público.
· Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, asociaciones o fundaciones.
· Las sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.
Cuantía: La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables, que dependerá del tamaño de la empresa y oscilará entre el 25% y el 45% de los citados costes.
La convocatoria contempla la posibilidad de que los beneficiarios puedan obtener financiación de los proyectos o actuaciones subvencionables, a través de las entidades financieras adheridas a las líneas de financiación suscritas entre Red.es y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).
Plazo de presentación de las solicitudes: el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 30 de septiembre de 2020.
Información adicional:
· Se puede acceder a toda la información de la convocatoria a través del siguiente enlace, utilizando el siguiente identificador de la convocatoria: ID: 516426
http://www.infosubvenciones.