Para tu información remitimos el documento Noticias RED, de 25 de agosto, en el que, entre otras cuestiones, la Tesorería General de la Seguridad Social clarifica como se debe proceder a la renuncia a las exoneraciones de cotizaciones en ERTES y al abono del importe correspondiente a las mismas, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, para proceder al reparto de dividendos habiéndose acogido a ERTES regulados en dicho texto legal.
Asimismo, se aclara la forma en que las empresas deben comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social la renuncia expresa a un expediente de regulación temporal de empleo.
Quedamos a tu disposición para ampliar o aclarar esta información a través de cualquiera de los siguientes correos electrónicos: igarcia@fade.es o cparedes@fade.es, así como en los teléfonos habituales de la federación.
Igualmente, tendremos toda la información actualizada en nuestro punto de información.
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe un cordial saludo.