En el día ayer se publicó en el BOPA, a modo de suplemento, una norma que prorroga las medidas que se habían articulado el pasado día 14 de octubre, pero que ya han quedado superadas por otras normas posteriores. Se trata de la Resolución de 13 de noviembre de 2020, de la Consejería de Salud del Principado de Asturias, por la que se dispone la prórroga de las medidas especiales de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, establecidas por la Resolución del Consejero de Salud de 14 de octubre de 2020. Puedes acceder a la misma pulsando
aquí.
La prórroga producirá efectos desde las 00:00 horas del día 14 de noviembre de 2020 hasta las 24:00 horas del día 28 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que, en su caso, pudieran acordarse de forma sucesiva.
Las medidas prorrogadas van dirigidas a realizar recomendaciones de prudencia al igual que determinadas restricciones de actividad.
IMPORTANTE: Muchas de las limitaciones y restricciones contenidas en esta resolución prorrogada de 14 de octubre (prohibición de servicio en barra en hostelería, actividades comerciales, etc.) están totalmente superadas por otras normas de fecha posterior que son de aplicación preferente, como la Resolución de 3 de noviembre de la Consejería de Salud del Principado deAsturias, por la que se suspenden diversas actividades, sin perjuicio, además, de las limitaciones de movilidad establecidas por los Decretos del Presidente del Principado.
Puedes consultar la circular jurídica difundida en su día sobre la resolución ahora prorrogada en el siguiente enlace: CORONAVIRUS
69 https://web.fade.es/es/port
igarcia@fade.es o cparedes@fade.es, así como en los teléfonos habituales de la federación a partir del lunes 16.
Igualmente, tendremos toda la información actualizada en nuestro punto de informaciónhttps://web.fade.e
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe uncordial saludo.