Estimado/a amigo/a:
Se adjuntan circulares fiscales que tienen por objeto trasladar las
novedades el año 2021 a propósito del método de estimación objetiva del IRPF
y el régimen especial simplificado del IVA, que se ha publicado en el BOE de
hoy 4 de diciembre. Y que puedes consultar
aquí<https://www.boe.es/boe/di
La Orden mantiene el contenido y la estructura de la Oden HAC/1164/2019 que
reguló los módulos para el ejercicio 2020, y en cuanto a la renuncia o
revocación del régimen, cabe recordar que los contribuyentes que deseen
renunciar a él o revocar su renuncia para 2021, podrán hacerlo desde el 5 de
diciembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Quedamos a tu disposición para ampliar o aclarar esta información a través
de cualquiera de los siguientes correos electrónicos:
igarcia@fade.es<mailto:igarcia
cparedes@fade.es<mailto:cpared
habituales de la federación.
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe un
cordial saludo.
[cid:image001.png@01D6CE22.4D1
Alberto González Menéndez
Director general
Pintor Luis Fernández, 2
33005 Oviedo-Asturias-España
t: +34 985 965 235
www.fade.es<http://www.fade.es
[cid:image006.jpg@01D6CE22.4D1
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es>[cid:image014.jpg@01D6CE22.
a/>[cid:image009.jpg@01D6CE22.
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