Estimado/a amigo/a:
Se ha publicado en el BOPA del 9 de diciembre, a modo de suplemento, la
Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Consejería de Salud, por la que
se establece la tercera modificación de las medidas urgentes de carácter
extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación,
necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la
COVID-19. Puedes acceder a la misma pulsando
aquí<https://sede.asturias.es/
La norma implica el levantamiento de la suspensión de varias actividades
adoptadas el pasado 3 de noviembre, así como las condiciones para su
desarrollo. Las actividades cuya reanudación se permite se refieren al
comercio, la hostelería, la actividad cultural y de espectáculos público, la
deportiva así como la celebración de reuniones de manera presencial.
Quedamos a tu disposición para ampliar o aclarar esta información a través
de cualquiera de los siguientes correos electrónicos:
igarcia@fade.es<mailto:igarcia
cparedes@fade.es<mailto:cpared
habituales de la federación.
Igualmente, tendremos toda la información actualizada en nuestro punto de
información<https://web.fade.e
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe un
cordial saludo.