Estimada/o amiga/o:
Se han publicado en el BOPA, a medio de suplemento, las siguientes normas de
restricción de movilidad y limitación de actividades:
* En primer lugar, el Decreto 14/2021, de 3 de febrero, del Presidente
del Principado de Asturias, por el que se prorrogan las medidas de
prevención y control establecidas en los concejos de Oviedo, Llanes y Cangas
del Narcea, ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la
COVID-19. Puedes acceder al mismo pulsando
aquí<https://sede.asturias.es/
Las medidas de prevención y control establecidas para los concejos de
Oviedo, Llanes y Cangas del Narcea quedan prorrogadas desde las 00,00 horas
del día 4 de febrero de 2021 hasta las 24,00 horas del día 17 de febrero de
2021.
En virtud de los mismos se restringe la entrada y salida de personas del
ámbito territorial de los concejos respectivos, salvo para aquellos
desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por diversos
motivos justificados, que se recuerdan en la circular adjunta.
Por otro lado, y en segundo lugar, se regulan mediante resolución la
prórroga de la alerta sanitaria 4+ (riesgo extremo) a dichos concejos:
* Resolución de 3 de febrero de 2021, de la Consejería de Salud, de
segunda modificación de los indicadores de ámbito municipal de nivel 4+
(nivel de riesgo extremo) de carácter extraordinario, urgente y temporal de
prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y prórroga de la declaración de
alerta sanitaria 4+ (Nivel de Riesgo Extremo) en los concejos de Oviedo,
Cangas del Narcea y Llanes. Puede acceder a la misma pulsado
aquí.<https://sede.asturias.es
La prórroga acordada en la presente resolución en los concejos de Oviedo,
Cangas de Narcea y Llanes producirá efectos desde las 00.00 horas del día 4
de febrero de 2021 hasta las 24 horas del día 17 de febrero de 2021, sin
perjuicio de las prórrogas que, en su caso, pudieran acordarse de forma
sucesiva.
Durante el plazo de eficacia de la presente resolución, en los respectivos
territorios de los citados concejos serán aplicables las medidas especiales
de ámbito municipal de nivel 4+ (Nivel de Riesgo Extremo), recogidas en el
anexo II de la Resolución del Consejero de Salud de 18 de enero de 2021
(BOPA 18.01.2021) que se resume a continuación
Se acompaña circular jurídica que recoge los principales aspectos de las
normas, y se recuerdan las medidas aplicables.
Quedamos a tu disposición para ampliar o aclarar esta información a través
de cualquiera de los siguientes correos electrónicos:
igarcia@fade.es o
cparedes@fade.es<, así como en los teléfonos
habituales de la federación. Igualmente, tendremos toda la información
actualizada en nuestro punto de
información<https://web.fade.e
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe un
cordial saludo.