Estimados representantes:
A través de esta circular, se remite el fichero del libro de registro de gestión de refrigerantes que es obligatoria su confección y custodia para todas las empresas instaladoras habilitadas RITE y frigoristas. (Artículo 14 y 15 del RSIF).
Por otro lado, se recuerda a las asociaciones, que es posible que en su Comunidad Autónoma exista la obligación de emitir dicho libro con carácter anual a la autoridad competente en materia de Industria. En la Comunidad de Madrid, existe está obligación y asimismo la Comunidad ha facilitado un modelo de libro de registro de gestión de refrigerantes.
Finalmente, se recuerda que en la circular 108/21 existía otro modelo de dicho libro, desarrollado en otro formato y con el contenido mínimo de la IF-17.
Confiando en que esta información sea de utilidad.
Reciban un cordial saludo.
Mario Rial Axpe
Departamento Técnico