Estimado Presidente:
Mediante la presente Circular te remito la Orden INT/401/2020, de 11 de mayo, por la que se restablecen temporalmente los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas, con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; publicada en el BOE nº 133, del martes día 12 de mayo de 2020.
Destacamos lo principal de esta Orden:
- Se restablecen temporalmente los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas desde las 00:00 horas del día 15 de mayo de 2020 hasta las 00:00 horas del 24 de mayo de 2020.
- SOLO se permitirá la entrada en el territorio nacional por vía aérea y marítima a:
- Ciudadanos españoles.
- Residentes en España, debiendo acreditar su residencia habitual.
- Trabajadores transfronterizos.
- Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
- Las personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Esta orden NO es aplicable al transporte de mercancías, ni a quienes por vía aérea o marítima lleguen al territorio español por cualquier otro motivo exclusivamente laboral.
En la confianza de que esta información sea de utilidad, recibe un cordial saludo.