Ha sido publicada en el BOE la Orden SND/440/2020, de 23 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Pulse aquí para acceder.
En la misma, además de incluir diversos territorios en la Fase 2, entre los que se encuentra Asturias, se modifican algunos aspectos de la orden que regula dicha fase. Adjuntamos circular jurídica con los aspectos más importantes, entre los que destacamos:
- Hostelería y restauración. Las comunidades autónomas podrán modificar el porcentaje de aforo, así como el relativo a la ocupación de las terrazas al aire libre, siempre que los mismos no sean inferiores al treinta por ciento ni superiores al cincuenta por ciento.
- Centros sociales. Las comunidades autónomas podrán permitir la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores.
- Se regula el uso de las playas, así como las actividades de hostelería y los negocios de motos acuáticas, y de cualesquiera otros elementos deportivos o recreo.
- Turismo activo y naturaleza. Se regulan las condiciones de apertura de parques naturales y teleféricos.
- Ámbito educativo y formación. Se autoriza a las administraciones educativas para la reanudación de las actividades presenciales. Se regula la reanudación de autoescuelas y academias.
Quedamos a tu disposición para ampliar o aclarar esta información a través de cualquiera de los siguientes correos electrónicos: igarcia@fade.es o cparedes@fade.es. Y a partir de las 8:30 horas del lunes, día 25, también por los teléfonos de la federación.
Igualmente, tendremos toda la información actualizada en nuestro punto de información.
En la confianza de que esta información resulte de tu interés, recibe un cordial saludo.