Estimado Presidente:
Mediante la presente Circular te remito la Orden INT/550/2020, de 21 de junio, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores con Portugal temporalmente restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; publicada en el BOE nº 173, del lunes día 22 de junio de 2020. Esta Orden surtirá efectos desde el día 21 de junio hasta el día 30 de junio de 2020.
En virtud de esta Orden, solo SE PERMITIRÁ A LA ENTRADA EN ESPAÑA a través de las fronteras interiores con Portugal a las siguientes personas:
- Ciudadanos españoles.
- Residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual.
- Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.
- Quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente.
- Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
- El personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales.
En la confianza de que esta información sea de utilidad, recibe un cordial saludo.